Requisitos Policía Nacional
Tener la nacionalidad española
Tener la nacionalidad española es un requisito indispensable para entrar en cuerpo nacional de polícia.
Permiso B
Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
Ninguna clase de exclusión
No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el anexo III de esta convocatoria.
título de bachiller
Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
Tener 18 años
Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
Estatura
Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
Condenado
No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Compromiso de portar armas
Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
Exclusiones médicas para Policía nacional
Para acceder al Cuerpo Nacional de Policía, existen una serie de exclusiones médicas que imposibilitan o dificultan el desarrollo de las funciones de Policía Nacional. A continuación se detallan las distintas exclusiones de carácter médico:
Talla
Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
Obesidad o delgadez
Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
Exclusiones circunstanciales
Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.
En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual los Servicios de Sanidad del Cuerpo Nacional de Policía certificarán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.
Ojos y visión
Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.
Queratomía radial.
Desprendimiento de retina.
Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
Oído y Audición.<br />
Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
Otras exclusiones<br />
Aparato locomotor:Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
Aparato digestivo: Úlcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg en presión sistólica, y los 90 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
Aparato respiratorio:El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.
Sistema nervioso:Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
Piel y faneras:Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico limite o incapacite para el ejercicio de la función policial
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Pruebas para entrar en la policía Nacional
Aptitud Física.
Las pruebas físicas constarán de 3 pruebas :
- Esta prueba consistirá en la realización por los/as opositores/as de tres ejercicios, conforme a lo establecido en cada convocatoria.
- Los tres ejercicios, de carácter eliminatorio, serán valorados de 0 a 10 puntos. La calificación de esta prueba de conocimientos se hará hallando la media de los tres ejercicios que la componen, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para superarla.
Reconocimiento médico
Dirigido a comprobar que los/as aspirantes no están incursos en el cuadro de exclusiones médicas vigente.
La realización de este reconocimiento implica el consentimiento de los/as aspirantes para que los resultados del reconocimiento médico sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y calificación de la misma.
Se aplicarán a los/as aspirantes las técnicas médicas de uso convencional que se estimen oportunas, incluida la analítica de sangre y orina.
Su calificación será de “apto/a” o “no apto/a”.
A aquellos/as aspirantes ya pertenecientes a la Policía Nacional que se encuentren en situación de servicio activo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se les eximirá de las pruebas de carácter médico.
Prueba de conocimientos. 2.1 Temario.
Contestación por escrito, en 50 minutos, a un cuestionario de 100 preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, sobre las materias de ciencias jurídicas, sociales y técnico-científicas, relacionadas con la función policial, que conforman el temario que se establezca en la convocatoria. Los errores penalizan,
Psicotécnicas
Consistirá en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) del/de la aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira.
Para la corrección de los test se utilizará la misma fórmula que la aplicada al apartado a) de la prueba de conocimientos.
El resultado de los test establecerá el orden descendente de notas, de mayor a menor, de los/as opositores/as. Se declararán aptos/as a un número de opositores/as igual al de plazas convocadas.
Ejercicio voluntario de idioma.
Ejercicio escrito y oral de los idiomas francés o inglés con nivel intermedio alto (equivalente a nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas y al Intermedio 2 de la Escuela Oficial de Idiomas). El escrito, para el que los/as opositores/as dispondrán de veinte minutos, consistirá en la comprensión y en el conocimiento gramatical de un texto en el idioma elegido, y el oral, en una conversación en el mismo idioma. La opción por uno u otro idioma se efectuará en la solicitud de participación en el proceso, quedando vinculados/as por dicha elección a todos los efectos. La falta de opción se entenderá como que se elige el idioma inglés y sobre este versará la realización del ejercicio.
La calificación de este ejercicio se hará hallando la media de las puntuaciones obtenidas en el escrito y en el oral.
éxito
eficaz.efectivo.profesional
Preparación
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